un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como "derecho de copia") que -por lo general- comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). Por ejemplo, en el derecho europeo, 70 años desde la muerte del autor. Dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.
Acorde con el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, los conceptos publicados en esta sección, no comprometen la responsabilidad de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, ni son de obligatorio cumplimiento o ejecución. Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación y por un tiempo determinado.
NORMAS REGULAN EL DERECHO DE AUTOR EN COLOMBIA ...!!!!
Acorde con el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, los conceptos publicados en esta sección, no comprometen la responsabilidad de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, ni son de obligatorio cumplimiento o ejecución.
- Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia;
- Decisión Andina 351 de 1993;
- Código Civil, Artículo 671;
- Ley 23 de 1982;
- Ley 44 de 1993;
- Ley 599 de 2000 (Código Penal Colombiano), Título VIII;
- Ley 603 de 2000
- Decreto 1360 de 1989;
- Decreto 460 de 1995;
- Decreto 162 de 1996.
